Packaging secundario y PPWR: qué cambia para tu marca

Caja de cartón forrado de la serie Nature Eco de Novobox, en tono greige con motas de papel reciclado, junto a flores secas

Un trámite que ya está aquí

Desde el 12 de agosto de 2026, el Reglamento (UE) 2025/40 —conocido como PPWR por sus siglas en inglés— se aplica a todos los envases que se ponen en el mercado europeo. No es una directiva pendiente de transposición: es un reglamento, de aplicación directa, y ya está en vigor.

En las últimas semanas, las consultas que nos llegan de marcas de cosmética, perfumería, bebidas y alimentación no son sobre cartón ni sobre acabados. Son sobre un papel: la declaración de conformidad.

En una línea: el PPWR no viene a acabar con el packaging. Viene a que cada envase esté justificado, documentado y se pueda reciclar. El packaging secundario sigue siendo necesario; lo que cambia es que ahora hay que poder demostrarlo por escrito.

Qué es el PPWR, en dos líneas

El PPWR sustituye a la Directiva 94/62/CE y armoniza las normas de envases para toda la Unión. Se publicó en el Diario Oficial el 22 de enero de 2025, entró en vigor en febrero y se aplica desde el 12 de agosto de 2026. Al ser un reglamento, no necesita una ley española que lo desarrolle: donde contradice al Real Decreto 1055/2022, prevalece; donde el real decreto regula algo que el reglamento no toca, sigue aplicándose. El Ministerio trabaja en un nuevo real decreto de envases que se espera para el primer trimestre de 2027.

Y afecta a cualquier producto envasado, no solo a joyería: cosmética, perfumería, vinos y espirituosos, gourmet, electrónica, juguetes y juegos de mesa. Por eso lo traemos aquí.

Packaging secundario: qué es exactamente

El reglamento distingue tres niveles, y cada uno tiene su propio responsable:

  • Envase de venta (primario): el que llega a manos del cliente final con el producto dentro. En una crema, la caja que se lleva de la tienda.
  • Envase colectivo o secundario: el que agrupa varias unidades de venta para exponerlas o transportarlas juntas. La caja que lleva seis cremas a la estantería de una perfumería.
  • Envase de transporte (terciario): el que sirve para mover la mercancía sin tocar el producto, como un palé o una caja de expedición.

La palabra «secundario» no significa «menos importante». Significa que está un nivel por encima del producto y que tiene obligaciones propias.

Un ejemplo que se entiende rápido: una caja de juego de mesa. La caja del juego es el envase de venta, y es estructural: nadie entrega un tablero, unos dados y unas fichas sueltos en la mano. El cartón que lleva seis juegos a la tienda es packaging secundario. Los dos son necesarios y los dos cuentan a efectos del reglamento.

Lo que ya se exige desde agosto de 2026

Sin entrar en todo el detalle técnico, esto es lo que ya está en vigor:

  • Metales pesados. La suma de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente en el envase o en cualquiera de sus componentes no puede superar los 100 mg/kg. Es un límite que viene de la normativa anterior y que el PPWR mantiene, y es el que más afecta a tintas, barnices y adhesivos.
  • PFAS, solo en envases en contacto con alimentos: 25 ppb por sustancia individual, 250 ppb en la suma y 50 ppm de flúor orgánico total.
  • Código de identificación del envase (tipo, lote o serie) en la etiqueta física, o en el documento que acompaña al envase cuando el tamaño no lo permite; y datos de contacto del fabricante, en el envase o en un código QR.
  • Evaluación de conformidad y declaración UE de conformidad, una por formato de envase, con su expediente técnico. Se conserva cinco años, o diez si el envase es reutilizable.
  • Afirmaciones de sostenibilidad: quedan prohibidos los mensajes ambiguos o engañosos del tipo «respetuoso con el medio ambiente» si no se pueden justificar.

Lo que todavía no ha llegado

Buena parte de lo que preocupa a las marcas tiene fecha posterior. El calendario es escalonado:

  • 12 de febrero de 2028: los envases de venta reducen el espacio vacío al mínimo necesario, y la Comisión publica el método para calcular la ratio.
  • Agosto de 2028: etiquetado armonizado, con el pictograma del material.
  • 1 de enero de 2030: diseño para el reciclado, contenido mínimo de reciclado en plástico, minimización de peso y volumen, y techo de espacio vacío en envases colectivos, de transporte y de comercio electrónico.

Es decir: lo que hoy se firma es la declaración de conformidad con los requisitos que ya aplican. Lo demás se prepara; todavía no se declara.

El techo del espacio vacío: 50 %, no 40 %

Aquí hay un dato que circula mal y que cambia decisiones de diseño.

El artículo 24 del reglamento fija que, a más tardar el 1 de enero de 2030 —o 36 meses después del acto de ejecución que fije el método de cálculo, si esa fecha es posterior—, la ratio de espacio vacío en envases colectivos, de transporte y de productos comprados por internet sea del 50 % como máximo. El 40 % que aparece en muchas presentaciones es la cifra de la propuesta inicial de la Comisión, de 2022; el texto final quedó en el 50 %.

Y hay un detalle que se pasa por alto: el relleno cuenta como espacio vacío. Papel de relleno, almohadillas de aire, burbuja, espuma, chips de poliestireno: todo eso suma en el numerador. La fórmula es la diferencia entre el volumen total del envase y el volumen del envase de venta que contiene, dividida por el volumen total.

Para los envases de venta no hay un porcentaje fijo: desde el 12 de febrero de 2028 tienen que reducir el espacio vacío al mínimo necesario para su funcionalidad. Y el artículo 10 prohíbe las dobles paredes y los falsos fondos cuyo único fin sea aparentar más volumen, salvo que estén protegidos por un dibujo o una marca registrada anterior al 11 de febrero de 2025.

La restricción tiene sentido. El packaging, también

Estamos de acuerdo con el fondo de la norma. Menos material, menos metales pesados en tintas y barnices, envases que se reciclan de verdad: son restricciones lógicas y necesarias, y algunas afectan directamente a la salud.

Dicho eso, el envase no es un adorno que se pueda eliminar sin consecuencias. Sigue haciendo tres cosas que no hace nadie más:

  • Protege. Un frasco roto es más residuo que la caja que lo envolvía.
  • Agrupa e informa. Lleva el lote, el código de identificación, la información legal y la trazabilidad.
  • Forma parte de la experiencia. En cosmética y perfumería, la caja es el primer contacto físico con la marca; es lo que se abre y lo que se guarda.

Y a veces es estructura, como en el juego de mesa. La pregunta útil no es «packaging sí o no», sino «qué packaging y con qué documentación».

La buena noticia es que las dos cosas van en la misma dirección: una caja bien ajustada al producto gasta menos material, deja menos espacio vacío, protege mejor y se documenta más fácil. El envase que cumple suele ser también el que está mejor diseñado. En eso llevamos años trabajando, y forma parte de lo que contamos en cómo aligerar un envase sin perder funcionalidad.

Qué estamos haciendo en Novobox

Con el PPWR no esperamos a que llegue la inspección. Estamos preparando la documentación de nuestros productos estándar, formato por formato, y acompañando a las marcas grandes en la parte que les toca.

En concreto:

  • Declaración de conformidad de nuestros envases, una por familia o formato, no una por pedido. El reglamento pide una por formato de envase, con todos sus componentes.
  • Expediente técnico de cada referencia: materiales, gramajes, forro, tintas, barnices y adhesivos, con la declaración de nuestros proveedores sobre metales pesados.
  • Código de identificación y datos de contacto en el envase, o en el documento que lo acompaña cuando el formato es demasiado pequeño.
  • Archivo durante cinco años, disponible para el cliente y para la autoridad de vigilancia.

Operario junto a la línea de producción de estuches de cartón forrado de Novobox

Y aquí viene el matiz que más preguntas genera, porque es donde se lía todo el mundo: la declaración la firma el fabricante, y «fabricante» no siempre es quien fabrica la caja. En envases de venta y colectivos, el fabricante a efectos del PPWR es, normalmente, la empresa que envasa el producto y lo pone en el mercado, es decir, la marca. Hay una excepción que afecta a muchas marcas pequeñas: si esa marca es una microempresa y el fabricante de la caja está en su mismo país, el reglamento considera fabricante al proveedor del envase. En envases de transporte, es quien fabrica el envase vacío.

Por eso lo que hacemos con marcas como Cocunat es esto: les entregamos la documentación técnica de nuestras cajas —materiales, composición, ensayos y declaraciones de proveedores— para que su declaración de conformidad tenga algo real detrás, y asumimos la nuestra en los envases que nos corresponden como fabricante. Ni ellos tienen que perseguir fichas por toda la cadena, ni nosotros firmamos algo que no nos toca.

Es la parte menos vistosa del oficio y, en los próximos dos años, va a ser la que decida qué proveedor sigue en la mesa.

Cómo miramos un envase que tiene que cumplir

Cuando entra un proyecto nuevo, el trabajo de conformidad empieza en el plano, no en el papeleo. Lo que miramos:

  • Que el formato se ajuste a la pieza, sin dobles paredes ni falsos fondos.
  • Que el conjunto sea lo más monomaterial posible: el cartón forrado y el papel se reciclan en la misma cadena; mezclar plástico, imán y espuma complica todo.
  • Que las tintas, barnices y adhesivos estén dentro del límite de metales pesados, con la ficha del proveedor en mano.
  • Que el código de identificación tenga sitio donde imprimirse, o un documento que acompañe al envase.
  • Que se pruebe con el producto real dentro, porque el espacio vacío se mide con el envase lleno.

Troquel de la fábrica de Novobox con una plancha de cartón preparada para el corte

El cartón forrado juega a favor: es celulosa, se recicla en la cadena del papel y no necesita barreras metálicas para dar rigidez. Trabajamos con cartón de proveedores FSC (certificado C166970), cartón reciclado, tintas ecológicas y fabricación propia en Barcelona, lo que además deja el expediente técnico a mano.

Si estás con la declaración de tu packaging secundario

Escríbenos con el formato que tienes delante y te decimos qué parte cubrimos nosotros y qué parte te toca firmar a ti. Sin humo: es un trámite, pero se hace mucho mejor con la ficha técnica al lado y con un proveedor que ya la tiene preparada.

Cuéntanos qué envase tienes · Packaging a medida

Preguntas frecuentes

¿El PPWR ya está en vigor?

Sí. El Reglamento (UE) 2025/40 se aplica desde el 12 de agosto de 2026. Lo hace de forma escalonada: las obligaciones de sustancias, marcado y declaración de conformidad ya están vigentes, y los requisitos de diseño para el reciclado y el techo de espacio vacío llegan en 2030.

¿Quién firma la declaración de conformidad?

El fabricante, según la definición funcional del reglamento. En envases de venta y colectivos es la empresa que envasa el producto y lo comercializa con su marca; en envases de transporte es quien fabrica el envase vacío. El proveedor de la caja aporta la documentación técnica que respalda esa declaración.

¿Cuánto espacio vacío se permite en el packaging secundario?

El 50 % como máximo a partir del 1 de enero de 2030, en envases colectivos, de transporte y de comercio electrónico. Los materiales de relleno cuentan como espacio vacío. En envases de venta no hay porcentaje fijo: desde febrero de 2028 hay que reducirlo al mínimo necesario.

¿Una caja de cartón forrado cumple el PPWR?

El cartón forrado se recicla en la cadena del papel y no incorpora metales pesados si las tintas y los adhesivos están controlados. El cumplimiento no depende solo del material: cada formato necesita su evaluación de conformidad, su expediente técnico y su código de identificación.

¿Cuánto tiempo se guarda la documentación?

Cinco años para envases de un solo uso y diez para envases reutilizables, a disposición de la autoridad de vigilancia del mercado.

Fuentes: Reglamento (UE) 2025/40 y documento de orientación de la Comisión.

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